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Reestructuración de Empresas
Ayudas a los trabajadores afectados
La Junta de Castilla y León ha convocado para el año 2008 una línea de ayuda de carácter sectorial, destinada a trabajadores/as procedentes de empresas que pertenezcan a sectores en crisis o de empresas que atraviesen una situación de crisis.
Los trabajadores que podrán solicitar esta ayuda deben pertenecer a empresas o sectores en crisis que atraviesen una situación difícil que por su importancia socio-laboral y territorial sean así reconocidos de forma expresa en el seno del Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, creado por Decreto 114/2004, de 21 de octubre y que como consecuencia de procesos de reestructuración, hayan visto suspendidos o extinguidos sus contratos de trabajo. El organismo que promueve estas ayudas es la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León.
La Orden EYE/1737/2008, de 2 de octubre, es la que regula y convoca para el año 2008 una línea de ayuda destinada a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas en crisis en Castilla y León.
La concesión de ayudas a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo, de suspensión o extinción de contratos de trabajo, autorizados por la Autoridad Laboral competente al amparo de lo dispuesto en los artículos 47 y 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y que procedan de empresas pertenecientes a sectores en crisis, así reconocidas por el Consejo Regional de Trabajo, conforme a lo previsto en el apartado primero.
FINALIDAD
Compensar económicamente a los trabajadores referenciados, complementando la prestación por desempleo o en su caso, el subsidio por desempleo, hasta el máximo del 90% de sus salarios netos, sin perjuicio de las aportaciones dinerarias o en especie realizadas por la propia empresa.
TIPO DE AYUDA:
Ayuda / Subvención
BOLETÍN Y FECHA DE PUBLICACIÓN:
BOCyL 14 de octubre de 2008
COLECTIVO DESTINATARIO:
Podrán ser beneficiarios todos aquellos trabajadores/as que cumplan los siguientes requisitos:
REQUISITOS NECESARIOS:
a)Proceder de empresas pertenecientes a sectores en crisis ubicadas en Castilla y León. b) Estar afectados por expediente de regulación de empleo, ya sea de suspensión o de extinción de sus contratos de trabajo, autorizado por la autoridad laboral competente al amparo de lo dispuesto en los artículos 47 y 51 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. c) Podrán solicitar dichas ayudas los trabajadores afectados, cuyas suspensiones o extinciones de contratos de trabajo se hayan hecho efectivas a lo largo del período subvencionable, que se determina en el Apartado Séptimo, párrafo segundo de la presente Orden.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN:
15 de octubre de 2008
INFORMACIÓN ADICIONAL:
Los trabajadores afectados por Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o extinción de sus contratos de trabajo, percibirán una ayuda, destinada a complementar la prestación o el subsidio por desempleo, por el importe correspondiente hasta alcanzar el máximo del 90% de sus salarios netos en activo, calculados como el promedio efectivo de los cuatro meses, o período inferior, en su caso, inmediatamente anteriores a la suspensión o extinción de los contratos de trabajo.
16/10/2008 | |